El 28 de febrero de 2023 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2023, que modificaba la anterior Ley Orgánica de 5 de julio de 2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Las principales reformas de esta nueva ley del aborto fueron:
- Suprimir el plazo de reflexión de tres días y la obligatoriedad de recibir información acerca de los recursos y las ayudas disponibles en caso de continuar con el embarazo.
- Eliminar la exigencia de consentimiento paterno o materno para las menores de 16 y 17 años.
- Establecer la obligación de las administraciones públicas sanitarias, de garantizar la prestación del aborto en los centros hospitalarios.
- Crear los registros de los profesionales sanitarios objetores de conciencia al aborto en cada comunidad autónoma y en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
Posteriormente, en diciembre de 2024, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el Protocolo para la creación del Registro de Personas Objetoras de Conciencia para desarrollar dicha Ley.
Desde Profesionales por la Ética, con la colaboración de un equipo de juristas y profesionales sanitarios, hemos elaborado la Guía de objeción de conciencia al aborto actualizada para dar respuesta a los profesionales
de la salud que se preguntan, tras la entrada en vigor de la Ley 1/2023, cómo pueden ejercer su derecho a la objeción de conciencia.
Asimismo, detallamos en la Guía nuestros motivos para rechazar la implantación de registros de objetores.
Para cualquier consulta en relación con el contenido de esta Guía puede contactar con Profesionales por la Ética en: info@profesionalesetica.org
Puedes descargar AQUÍ la Guía